El decano o la decana puede, en situaciones justificadas, no aplicar los que prevé los apartados "Rendimiento mínimo en el primer año académico" y "Rendimiento mínimo en la Fase Inicial de los estudios" a estudiantes que lo soliciten de forma motivada y antes de la fecha que cada año se establezca en las normas de matrícula.
La instancia se podrá presentar en la e-Secretaria.
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