Para ajustarse a un entorno tan dinámico y cada vez más heterogéneo como el universitario, es esencial disponer de normas que establezcan marcos de actuación más que procedimientos cerrados; en definitiva, normas ajustadas a la realidad.
Se han definido dos niveles de regulación: el general, que son las normas de cumplimiento obligado para todos los centros y que afectan a los estudiantes de la UPC, sea porque derivan de leyes de ámbito estatal o de acuerdos del Consejo de Gobierno de la Universidad, y las competencias del centro, que son aquellos aspectos que cada centro docente debe regular y que afectan en particular a sus estudiantes.
Específicas de la FIB
Limitación de créditos
Recordad que la normativa de matrícula establece un máximo de 40,5 créditos nuevos por cuatrimestre y de 45 créditos si se repite alguna asignatura, o bien si se matriculan todos los créditos que resten por acabar.
Sin embargo, la Comisión Docente del día 7-02-00 tomó el acuerdo de limitar la matrícula a algunos estudiantes que en el último cuatrimestre han tenido un parámetro de rendimiento inferior a 0.5. Si estás en esta circunstancia encontrarás el limite que se ha establecido en tu caso en el Rincón del Estudiante.
En ningún caso el límite de créditos será inferior a 22,5 ni superior a 45.
Estas limitaciones de créditos no se aplican a la fase de selección.